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Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho o BEPI

¿Qué es el BEPI o el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho?

La exoneración del pasivo insatisfecho o BEPI de la Ley de Segunda Oportunidad está regulada por el artículo 178 bis de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Concretamente, el BEPI o exoneración del pasivo insatisfecho es un mecanismo de la Ley de Segunda Oportunidad en el cual la persona deudora puede cancelar la mayor parte de las deudas pendientes.

Cómo funciona el BEPI o BENEFICIO DE EXONERACION DEL PASIVO INSATISFECHO como medio para empezar de nuevo?

La persona física o autónomo que quiera solicitar la Ley 2 Oportunidad debe conseguir un abogado de Derecho Concursal. El abogado le asesorará para presentar un acuerdo extrajudicial de pagos. Normalmente suele ser rechazado por los acreedores debido a la insolvencia del deudor. Una vez rechazado, el deudor puede solicitar el beneficio de segunda oportunidad o beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. En este punto empezaría el proceso judicial de concurso de acreedores o concurso consecutivo. Durante este proceso se busca que el deudor liquide sus compromisos de pago.

El juez será el que determine qué porcentaje de la deuda se le perdona al deudor, siendo en la mayoría de casos la cancelación total de las deudas.

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Requisitos para acogerse al BEPI o beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho

Para poder acogerse al beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho de Ley de Segunda Oportunidad, se deben cumplir 2 requisitos:

1 – Que el deudor sea una persona física (particulares y autónomos)

2 – Que el deudor sea de buena fe

Al acogerse al BEPI o beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho ¿Qué se considera buena fe?

Tras acogerse al BEPI o o beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho de la Ley Segunda Oportunidad, por normal general se considera que ha obrado de buena fe cuando:

  1. Ha negociado o intentado lograr un acuerdo sobre la deuda antes de iniciar el concurso.
  2. No ha provocado de forma voluntaria su situación de insolvencia para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.
  3. No se ha acogido a la ley en los diez últimos años: teniendo en cuenta que esta ley es de 2015, si alguien se ha acogido ya, no podría volver a solicitar la segunda oportunidad
  4. No haya cometido delitos de tipo económico de ningún tipo.
  5. No haya rechazado dentro de los 4 años anteriores a la declaración de concurso una oferta de empleo “adecuada a su capacidad”.

Toda persona o particular que esté tentado de ocultar parte de sus bienes o dinero en el BEPI o beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho de la Ley Segunda Oportunidad, debe saber que no sería legal y si lo oculta deliberadamente no puede acogerse a ello porque se entendería que existe mala fe.

Sin embargo, además de estos requisitos generales, se tendrán que cumplir algunos requisitos adicionales en función del tipo y de la naturaleza de la exoneración.

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Tipos de BEPI o Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho

1) Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho definitivo o B.E.P.I definitivo

2) Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho provisional o B.E.P.I provisional

Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho o BEPI: el papel del abogado

Un abogado de Reclama Por Mí puede guiarte en todo el proceso legal/concursal de la segunda oportunidad. Entre las tareas a realizar podemos encontrar:

  1. Guía legal
  2. Documentación necesaria
  3. Búsqueda de documentos
  4. Acuerdo extrajudicial de pagos
  5. Proceso concursal

Una norma en la que los abogados de Reclama Por Mí pueden guiar a los particulares que lo deseen en todo el proceso legal necesario (documentación, proceso legal, acuerdo extrajudicial, etc.). Desde el bufete queremos que se conozca, que la gente sepa que existe y que puede acudir a ella, abriendo así una puerta a que, de verdad, puedan rehacer su vida y tener una segunda oportunidad lejos de deudas que les inmovilizan.

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